El Estado chileno ofrece un subsidio que permite cubrir parte del pago mensual del consumo de agua potable y alcantarillado, beneficiando a las familias que destinan el 5% o más de sus ingresos a este servicio básico.

Este aporte puede cubrir entre el 25% y el 85% del valor total, dependiendo del nivel socioeconómico del hogar. Además, tiene una duración de tres años y no se renueva automáticamente. Para extenderlo, debes presentar una nueva postulación cumpliendo los requisitos vigentes.

¿En qué consiste el Subsidio de Agua Potable?

Según indica ChileAtiende el beneficio aplica a un consumo máximo de 13 m³ mensuales de agua potable y alcantarillado para viviendas ubicadas en sectores urbanos y rurales del país.

Para familias que forman parte del Subsistema Seguridades y Oportunidades, el subsidio cubre el 100% del valor de los primeros 15 m³ registrados en la cuenta mensual.

¿Quiénes pueden postular al subisdio?

Para postular, debes cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser residente permanente en la vivienda correspondiente a la municipalidad que otorga el beneficio.
  • Estar al día en los pagos con la empresa sanitaria o el sistema de agua potable rural.
  • Ser jefa o jefe de hogar del grupo familiar principal.
  • Contar con el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Presentar una postulación colectiva, en caso de compartir medidor con otras viviendas.
  • Entregar la última boleta de agua pagada.

Además, quienes postulan deben ser propietarios, arrendatarios, usufructuarios o allegados externos de la vivienda que cuenta con conexión a la red de agua potable.

¿Cómo postular?

1. Dirígete al departamento social de la municipalidad correspondiente a tu domicilio.

2. Presenta los documentos requeridos:

  • Registro Social de Hogares.
  • Última boleta de agua pagada.
  • Documentación que acredite tu situación como residente permanente.

El trámite es gratuito y puede realizarse durante todo el año.

Así mismo, el beneficio puede extinguirse si:

    • Dejas de cumplir los requisitos.
    • No pagas la parte no subsidiada durante tres meses consecutivos.
    • Cambias de domicilio.
    • Se cumple el plazo legal del subsidio.

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